DENUNCIADO EL CONVENIO

En el plazo máximo de un mes debe constituirse la comisión negociadora para dar inicio a las negociaciones de convenio

En el día de hoy se ha denunciado el convenio de la unidad de negocio. Como es conocido, el actual convenio finaliza el 31 de Diciembre de 2016, aunque su aplicación se extenderá por un periodo de 18 meses adicionales, a excepción de las pocas materias que expiran específicamente a final de este año, donde destaca el capítulo de empleo.

18 meses serán por tanto, el tiempo máximo que durará la negociación del próximo convenio, en aplicación de la ultractividad establecida por las sucesivas reformas laborales. Es necesario hacer hincapié en este aspecto, que es una importante losa para la parte social, pero también sobre el conjunto de la comisión negociadora, ya que se verá sometida a una presión añadida des de este momento. Está en la mano de la empresa eliminar este condicionante para que se facilite una negociación más sosegada.

Por lo vivido desde la firma del convenio denunciado, entendemos que la aplicación por parte de la empresa de la confluencia de los distintos convenios en el CUN, es manifiestamente mejorable. Pensamos que los esfuerzos realizados por la parte social en materia de flexibilidad, organización, contratación y moderación salarial son perfectamente revisables, especialmente si  se tiene en consideración la reversión de los parámetros económicos y de tráfico. Este convenio debe servir para revertir los esfuerzos. También entendemos, que las garantías de ocupación acordadas deben ser replanteadas en su contenido, vigencia y cumplimiento.

En este sentido debemos tener en cuenta que la capacidad de abordar en la negociación colectiva de empresa, las cuestiones relacionadas con el final de las concesiones de abertis son limitadas. Nuestro gran reto es garantizar la continuidad del empleo ya sea en la extensión de las concesiones o ante cualquier otra circunstancia: cambio societario, nuevos concursos, ambas por la vía de la implantación de nuevos modelos, etc. Todas ellas requieren de la figura de la subrogación y recaen en las mesas de la administración pública, en las que ya estamos trabajando. Hay otros elementos, como las indemnizaciones o recolocaciones en el caso de fin de actividad, que sí, son dos de los aspectos importantes que podemos acometer en la negociación colectiva de empresa. En este sentido, la empresa tiene que aclarar que posición va a tener sobre los trabajadores/as afectados, en el caso de que finalicen las concesiones vigentes.

Bajo estos parámetros, trabajaremos para acordar con el resto de representaciones sindicales, una plataforma negociadora conjunta que se someterá a la consideración del conjunto de trabajadoras y trabajadores.

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