LOS PREAVISOS PARA LA MODIFICACION DE LA JORNADA SE AMPLIAN DE 24 HORAS A 5 DIAS

Las acciones emprendidas por los sindicatos firmantes del convenio, fuerzan la modificación de los preavisos de forma previa su publicación definitiva

Como ya avanzábamos desde la Sección Sindical de CCOO en comunicado de 17 de Junio, referente a los 5 días de preaviso para la distribución irregular de la jornada, que el Tribunal Supremo había estimado como derecho indisponible, se procedió a solicitar a la empresa una reunión para adecuar el convenio a la sentencia del Supremo. Al no recibir respuesta al respecto, se comunicó a la Dirección General de Trabajo tal disfunción, para que si procedía, solicitara la subsanación de lo que establecía el convenio colectivo de la UNaAE en referencia al tiempo de preaviso para la flexibilidad. Dicha comunicación se materializo la semana pasada, por lo que en el día de hoy se ha procedido a la firma de los nuevos redactados de los artículos afectados.

Esto significa que, los preaviso para la modificación de la jornada del tiempo parcial y el preaviso para los días de flexibilidad del tiempo completo tienen que llevarse a cabo con un mínimo de 5 días de antelación. En el caso de ser con un preaviso inferior serán horas complementarias o extras en cada caso y sujetas a las regulaciones correspondientes, lo que supone una importante mejora sobre las regulaciones de los convenios anteriores.

DESCARGAR PDF